Fiscalidad
Configurar régimen de recargo de equivalencia
Si tienes comercio minorista, así activas el recargo en AutonomoPerezoso para que se aplique correctamente.
Si tu actividad es comercio minorista y estás en recargo de equivalencia, no presentas modelo 303. Pero sí necesitas que tu software diferencie facturas/gastos en este régimen.
Activar el régimen
Ajustes → Configuración fiscal → Régimen de IVA → Recargo de equivalencia.
Eso cambia varias cosas en la herramienta:
- Facturas emitidas: por defecto sin desglose de IVA (factura simplificada / ticket).
- Facturas recibidas: campo extra para "Recargo equivalencia" en cada gasto.
- Modelo 303: oculto (no aplica).
- Modelo 347: oculto (no aplica).
Facturas recibidas con recargo
Cuando un proveedor te factura, vienen tres campos:
- Base imponible.
- IVA (21%, 10%, 4%).
- Recargo equivalencia (5,2%, 1,4%, 0,5%).
Al subir una factura desde el ticket, AutonomoPerezoso detecta el recargo automáticamente. Si tu proveedor olvidó incluirlo, avisas al proveedor — está obligado a aplicarlo si sabe que eres minorista.
Excepciones a vigilar
Aunque estés en recargo, hay operaciones donde NO se aplica:
- Compras intracomunitarias (de proveedor UE): aplicas IVA normal + autoliquidas.
- Importaciones (de fuera UE): IVA en aduana + autoliquidas.
- Servicios que recibes (alquiler de local, asesor): IVA normal, recargo NO.
En estos casos sí presentas el modelo 309 puntualmente.
Si dejas de ser minorista
Solo puedes salir del recargo si:
- Constituyes una SL.
- Tu actividad cambia (dejas de ser comercio minorista).
- Pasas a vender > 20% a empresas (te sacan automáticamente).
Ajustes → Configuración fiscal → cambiar a Régimen general y comunícalo a Hacienda en el modelo 036 dentro del mes.
Actualizado el 28 de mayo de 2026