El paro del autónomo
Cese de actividad sin que te lo denieguen.
Tienes derecho a la prestación si llevas 12 meses cotizados y cierras por una de 4 causas válidas. El 60% de las solicitudes se deniegan por documentación incompleta — aquí va la lista exacta que pide la mutua.
70 %
De la base reguladora
12 m.
Cotización mínima
24 m.
Duración máxima
1 mes
Plazo de solicitud
Los 4 motivos válidos
- 1
Pérdidas continuadas
Más del 10% de tus ingresos durante 12 meses consecutivos, sin contar el año de inicio. Necesitas libro de ingresos y gastos firmado por gestor o app de facturación.
- 2
Fuerza mayor o causas externas
Incendio, robo grave, fallecimiento del cliente único, embargo del local. Requiere parte oficial (policía, juzgado, peritaje).
- 3
Divorcio o separación
Disolución del régimen económico que afecta a la actividad compartida con el cónyuge. Necesitas sentencia judicial.
- 4
Violencia de género
Acreditada con orden de protección, sentencia o informe del Ministerio Fiscal. La trabajadora autónoma puede suspender o cesar la actividad.
Lo que más se olvida: antes de pedir el cese tienes que estar al corriente con la Seguridad Social y haber dado de baja en Hacienda con el modelo 036/037. Si tienes una deuda pendiente, la prestación se deniega aunque cumplas todo lo demás.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la prestación por cese de actividad?+
Es el equivalente al paro para autónomos. La paga el SEPE a través de tu mutua colaboradora con la Seguridad Social. Necesitas haber cotizado al menos 12 meses continuos para tener derecho a la prestación más corta.
¿Cuáles son los 4 motivos válidos de cese?+
1) Pérdidas continuadas (≥ 10% de los ingresos durante 12 meses, sin contar el año de inicio); 2) Fuerza mayor o causas externas (incendio, fallecimiento de cliente único, embargo); 3) Divorcio o separación con disolución del negocio familiar; 4) Violencia de género sobre el autónomo o sus familiares directos.
¿Cuánto cobro y por cuánto tiempo?+
Cobras el 70% de la base reguladora de los 12 meses previos. Entre 4 y 24 meses según los años cotizados (4 meses si has cotizado 12 a 17; 24 meses si has cotizado 48+ meses).
¿Cuándo y dónde se solicita?+
Dentro del primer mes desde el cese efectivo, en la mutua con la que tengas concertada la prestación. Si la pides fuera de plazo pierdes los días anteriores a la solicitud.
¿Errores que invalidan la solicitud?+
No haber dado de baja en Hacienda al autónomo; haber facturado en el último mes; no haber estado al corriente de pagos con la Seguridad Social a la fecha del cese; o no aportar los justificantes documentales del motivo de cese (sentencia, pérdidas, etc.).
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